Historia Antigua - Universidad de Zaragoza - Prof. Dr. G. Fatás

Comentario de texto: Tratado entre Hattusil III y Ramsés II (1278)

El Tratado de 1278 a. de C. se conserva en versión hitita (se transcribe luego) y egipcia. Fue suscrito por Hattusil III y Ramsés II (Ramsés Mi-Amón Userme-Ra Setenpe-Ra). El texto hitita, redactado por expertos hititas en Hattusas, capital de Hatti, fue enviado a Egipto en el 21¼ año del reinado de Ramsés II (1278) y es una propuesta de tratado que se remitió a la cancillería egipcia en la ciudad de Tanis, donde, con ligeros retoques, se volvió a redactar por la administración de Ramsés II para su remisión a Hattusas.
La versión definitiva fue grabada en tablillas de arcilla, conservadas, redactadas en el acadio internacional de la época. El ejemplar hitita quedó depositado en Egipto, a los pies de la efigie de Ra; su texto, traducido al jeroglífico egipcio, se grabó en los muros del templo de Ra y en los del templo de Amón, en Karnak; el ejemplar egipcio llegó a Hatti y, en actuación equivalente, fue depositado en el templo de Teshub (Dios de la Tempestad, Señor del Cielo) de Hattusas.
Consta de una parte dispositiva, objeto del pacto propiamente dicho (riksu) y de una conclusión admonitoria (mamitu) cuya ejecución se encomienda a los dioses. Es un texto jurídico, en el ámbito de lo que hoy sería Derecho público internacional.
Una contextualización del tratado puede hacerse leyendo los documentos relativos a la previa batalla de Qadesh entre Muwatali y Ramsés II (p. ej., en el Poema de Pentaur) y otros ilustrativos de las relaciones entre Hatti y Egipto y de ambas potencias con otras terceras durante el Imperio Nuevo, como la carta de Shubbiluliuma a Amenofis IV (Ajenatón), la de Hattusil III a Kadashman-Enlil de Babilonia, la de Ramsés II al rey de Mir‰ y la de Naptera (Nefertari), esposa de Ramsés II, a Pudu-hepa, mujer del rey de Hatti. Del conjunto de estos textos, además de las evidentes, pueden extraerse algunas conclusiones adyacentes, como el valor que tiene, en la versión hitita, el reconocimiento por Hatti de que Muwatali había quebrantado un pacto anterior; o, por parte egipcia, que debía tratarse en pie de igualdad y no desde la postura sempiterna del predominio universal de Amón Ra (y, por lo tanto, del faraón). Además de las cláusulas ordinarias sobre la fraterna relación, hay otras sobre apoyo en conflictos internos, extradición de exiliados o conspiradores y respeto a la no injerencia en ciertos asuntos internos (la sucesión al trono según el devenir de cada país y dinastía). Por el tratado, el quebrantamiento de la paz adquiere carácter de violación de la ley divina y su ejecución queda bajo la tutela de Amón Ra y Teshub, dioses principales de los respectivos panteones, e inspiradores explícitamente reconocidos del pacto, que no es sino la versión cancilleresca de una situación buscada y creada por los dioses. Durante un cincuentenio, el pacto fue respetado y consta la profusión de intercambio de actividades y servicios entre ambas potencias (arquitectos egipcios en Hatti, flujo de hierro hitita a Egipto), que se consolidó con la vinculación por sangre de las dinastías en 1266 (el faraón casó con una hija de Hattusil).

CLÁUSULAS PRINCIPALES DEL TRATADO ENTRE HATTUSIL III Y RAMSÉS II

1. Tratado que el Gran Soberano de Hatti, Hattusil, el fuerte, hijo de Mursil, gran jefe da Hatti, el fuerte, ha hecho sobre una tableta de plata, para Userme Ra Setenpe Ra, Gran Rey de Egipto, el fuerte, hijo de Menma Ra (...) Buen tratado de paz y fraternidad dando la paz y la fraternidad entre Nosotros por medio del tratado.
2. Antaño, y después, siempre, en lo que concierne a la política del Gran Rey de Egipto y del Gran Soberano de Hatti, los dioses no han permitido que hubiera guerra entre ellos, gracias a un tratado. Pero en tiempos de Muwatali, mi hermano, el Gran Soberano de Hatti, éste combatía con Ramsés, Gran Rey de Egipto. Sin embargo, desde este día, he aquí que Hattusil, el Gran Soberano de Hatti, ha hecho un tratado para que sea permanente la situación creada por Phra y que el Dios de la Tempestad ha creado entre el País de Egipto y el País de Hatti, de forma que no se permita jamás la existencia de guerras entre ellos (...)
4. El Gran Soberano del País de Hatti no entrará nunca en el País de Egipto para tomar cosa alguna. Y Userma Ra Setenpe Ra no penetrará en el País de Hatti para tomar cosa alguna (...)
6. Si algún otro enemigo entra en el País de Userma Ra Setenpe Ra, Gran Rey de Egipto, y éste dice al Gran Soberano de Hatti: 'Ven junto a mí para ayudarme contra él', el Gran Soberano de Hatti se llegará a él, el Gran Soberano de Hatti matará al enemigo [de Egipto]. Y si no es deseo del Gran Soberano de Hatti acudir en persona, mandará a sus soldados y carros para que maten al enemigo.
7. O si Ramsés Mi Amón, Gran Rey de Egipto, ha de encolerizarse contra sus súbditos, si le hacen alguna ofensa y ha de ponerse en campaña contra este enemigo, el Gran Soberano de Hatti estará con él para destruir a aquél contra quien se haya irritado.
8. Si algún otro enemigo va contra el Gran Soberano de Hatti, Userma Ra Setenpe Ra, Gran Rey de Egipto, acudirá hasta él con ayuda para matar al enemigo [de Hatti].
11. Si un Grande del País de Egipto va al País del Gran Soberano de Hatti, o si una ciudad, o una provincia de los territorios de Ramsés Mi Amón, Gran Rey de Egipto, acude al Gran Soberano de Hatti, el Gran Soberano de Hatti no los atenderá. El Gran Soberano de Hatti los hará llevar ante Userma Ra Setenpe Ra, Gran Rey de Egipto (...)
13. O si un Grande del País de Hatti acude al País de Userma Ra Setenpe Ra, Gran Rey de Egipto (...) no lo atenderá. Ramsés Mi Amón, Gran Rey de Egipto, lo hará llevar ante el Gran Soberano de Hatti (...)
15. Por todas estas palabras del tratado hecho por el Gran Soberano de Hatti con Ramsés Mi Amón, Gran Rey de Egipto, escritas en esta tableta de plata, por estas palabras mil dioses y diosas [= todos los dioses] del País de Hatti, con mil dioses y diosas del País de Egipto, son junto a mí testigos de estas palabras: el Sol, Señor del Cielo; el Sol de la ciudad de Arinna; el Dios de la Tempestad, Señor del Cielo (...)
16. A quien del País de Hatti y del País de Egipto no observare todas estas palabras escritas en esta tableta de plata los mil dioses del País de Hatti y los mil dioses del País de Egipto destruirán su casa, tierras y servidores. Pero el que guardare estas palabras que están en esta tableta de plata, sea de Hatti o de Egipto, que los mil dioses del País de Hatti y los mil dioses del País de Egipto hagan que goce de buena salud y vida, como su casa, sus tierras y servidores (...)

Esquema del comentario:

A. Preparación.
  • 1. Trabajo preliminar.
    - Lectura del texto.
    - Numeración (de cinco en cinco líneas). Aclaración de los términos y títulos que aparecen, de las dudas posibles.
  • 2. Elección del método de explicación.
    - Articulación del texto: ideas organizadas linealmente (comentario susceptible de admitir un método literal). Organización: introducción explicatoria (líneas 1-15), encabezamiento de la traducción egipcia (16-19), preámbulo (20-26), tratado propiamente dicho (riksu;Êclaúsulas diversas) y conclusión (mamitu; dioses de Egipto y de Hatti como testigos, castigo o premio para quienes violen o respeten el tratado), más una disposición probablemente adicional (amnistía para las personas extraditadas).

    B. Comentario propiamente dicho.

  • 1. Introducción.
    a. Naturaleza del texto. Texto jurídico.
    - Doble copia: tablilla de plata con el proyecto del tratado enviada por Hatusil III a la corte egipcia de Pi-Ramsés (Tanis) y devolución del tratado ligeramente retocado y aprobado por Ramsés a Hattusas. Conservación de la doble versión en tablillas de arcilla (se comenta la conservada en Egipto). Original hitita en lengua acadia depositada a los pies de Ra (con traducción egipcia grabada en los muros del templo de Amón en Karnak y en el Ramesseum) y original egipcio depositado en Hattusas a los pies de Teshub.
    b. Origen del texto: su carácter público. c. Circunstancias históricas generales. Diplomacia e imperialismo. Las relaciones estructurales entre estados y las variantes diplomáticas. Los tipos de tratados.
    - Consideración de cuatro documentos de importancia para la mejor comprensión del texto: carta de Shubbiluliuma a Amenofis IV; carta de Hattusil III a Kadashman-Enlil de Babilonia; carta de Ramsés II al rey de Mir‰; carta de Naptera (Nefertari), esposa de Ramsés II, a Pudu-hepa, reina de Hatti.
    d. Autor del texto: los inspiradores (Hattursil III de Hatti y Ramsés II de Egipto) y los redactores (plenipotenciarios).
    e. Fecha concreta de redacción: muy próxima a la de la recepción por el faraón egipcio de la tablilla de plata enviada desde Hattusas, en su año 21 (1278).
    f. Lugar de redacción: Hattusas, palacio de Hattusil III.

  • 2. Explicación.
    - Reconocimiento -en la versión hitita- de la violación de un tratado previo por el rey Muwatalli.
    - Unión de Hatti y de Egipto en plano de absoluta igualdad (= renuncia a la soberanía universal atribuida a Amón-Ra; innovación considerable en la concepción faraónica del poder). Hermandad entre los príncipes que simboliza la paz existente. - Claúsulas de no agresión y de alianza defensiva, extradiciones mutuas de los refugiados, respeto mutuo a las reglas de sucesión dinástica.
    - Comparación entre las versiones hitita y egipcia (diferencias en los artículos II, III y V).
    - El carácter divino de lo pactado (= guerra puesta fuera de la ley) y su importancia jurídica. Innecesidad de renovación anual del tratado, por constituir la expresión de la voluntad de los dioses (Amón-Ra y Teshub). Papel de las reinas en las negociaciones del tratado.

  • 3. Conclusión.
    a. Reagrupamiento de las ideas básicas del texto.
    b. Credibilidad del texto. Fiabilidad: doble versión, etc.
    c. Alcance e interés del texto. Culminación de la "gran diplomacia" asiática con centro en Hattusas.
    Aproximación, equilibrio y estrecha alianza de las dos grandes potencias enemigas (= sacrificio de los beneficios territoriales y de la política de prestigio monárquico en provecho de una paz firme y de los intereses económicos). Respeto escrupuloso durante medio siglo: el papel de los intercambios (arquitectos egipcios en Hatti, hierro hitita), alianza confirmada mediante matrimonio político (1266) del rey egipcio con hija de Hattusil.


    BIBLIOGRAFÍA.
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    CONTENAEU, G., La civilisation des hittites et des hourrites de Mitanni, París, 1983 (1934).
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    LIVERANI, M., "La estructura política", en S. MOSCATI (dir.), El alba de la civilización. Sociedad, economía y pensamiento en el Próximo Oriente Antiguo. I. La sociedad, Madrid, 1987 (Turín, 1976), 394 ss.
    MARCO, F. y SANTOS, N., Textos fundamentales para la historia del Próximo Oriente antiguo, 2 vols., Oviedo, 1980.
    NUMELIN, R., The Beginnings of Diplomacy, Londres-Copenhague, 1950.
    PIRENNE, J., Historia del antiguo Egipto, II, Barcelona, 1983.
    PRITCHARD, J.B. (ed.), Ancient Near Eastern Texts Relating to the Old Testament, Princeton, 1955, 199-201 (J. WILSON) y 201-203 (A. GOETZE).


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